Los límites de Twitter y la privacidad
Nicasio Urbina
«La cuenta de Twitter de una persona pública, que está en una posición de dialogar con un grupo de ciudadanos, se ha convertido en una plataforma pública. Esto es diferente de una persona privada que pone fotos del bautizo de su hija o la boda de su hermano. Aquí estamos frente a personas que usan su cuenta para divulgar documentos de interés nacional»
He seguido con atención la disputa entre el doctor Francisco Larios, economista, periodista y poeta nicaragüense, interesado en la lucha actual del pueblo contra la dictadura de Ortega-Murillo, y el doctor Mario Arana, economista, vocero de la Alianza Cívica y nicaragüense de larga trayectoria con muchos méritos.
El doctor Larios ha sido una voz muy importante en la lucha de la rebelión azul y blanco en Nicaragua, ha escrito numerosos artículos de opinión en LA PRENSA y Confidencial, ha publicado muchos artículos en su blog personal, y es coeditor, junto con Erick Aguirre, de la Revista Abril, a mi juicio una de las mejores plataformas de la actual lucha contra la dictadura. Recientemente el doctor Arana bloqueó de su cuenta en Twitter al doctor Larios por sus opiniones y comentarios.
A raíz de eso el doctor Francisco Larios le pidió al PEN Nicaragua, afiliado al PEN Internacional, que intercediera en el tema y diera su opinión sobre el derecho del doctor Mario Arana @marioaranasevil para bloquear al Doctor Francisco Larios @franlarios2 de su cuenta en Twitter. La escritora Gioconda Belli, presidenta del PEN Nicaragua, contestó recientemente en una carta publicada en Facebook https://www.facebook.com/gioconda.belli, donde expresaba que la Directiva del PEN Nicaragua disentía de obligar al doctor Mario Arana a desbloquear al Doctor Francisco Larios, arguyendo que se trata de una cuenta personal.
Cualquiera que visite la cuenta de Twitter del doctor Mario Arana, vocero oficial de la Alianza Cívica, verá que él la usa para informar sobre asuntos que competen a la Alianza Cívica y a la vida política de Nicaragua. Las cuentas de Twitter se han convertido en la forma cuasi-oficial de comunicación política y social de nuestro tiempo.
Muchos políticos, incluyendo al presidente Donald Trump, anuncian sus políticas a través de Twitter. Contratan y despiden funcionarios por Twitter, se retiran de tratados internacionales o apoyan campañas internacionales por Twitter. La cuenta de Twitter de una persona pública, que está en una posición de dialogar con un grupo de ciudadanos, se ha convertido en una plataforma pública. Esto es diferente de una persona privada que pone fotos del bautizo de su hija o la boda de su hermano. Aquí estamos frente a personas que usan su cuenta para divulgar documentos de interés nacional.
Hace poco un Tribunal Federal de Apelaciones en Nueva York confirmó el fallo de un tribunal inferior de que el presidente Donald Trump no puede impedir que la gente siga o vea su cuenta de @realDonaldTrump en Twitter. Si bien el caso podría ser apelado más tarde a la Corte Suprema de los Estados Unidos, la decisión confirmada es una victoria rotunda para el derecho de la Primera Enmienda de la Constitución de los EE. UU. y de los ciudadanos, para comentar en favor o en contra de las opiniones de los funcionarios de gobierno y personas políticas en la era de las redes sociales. Nicaragua por supuesto no tiene que regirse por la jurisprudencia de los Estados Unidos, pero este es un tema nuevo que la legislación de ningún país había considerado. Por tanto, el precedente del Tribunal Federal de Apelaciones de Nueva York es muy importante, y los miembros de la Directiva del PEN Nicaragua deberían tenerlo en cuenta.
Estamos ante un terreno novedoso, donde las personas tendremos que distinguir nuestras cuentas personales en las redes sociales, de las cuentas oficiales que manejamos o presidimos. Yo no tengo una opinión clara en este tema, pero al leer la respuesta de Gioconda Belli recordé que en los EE. UU. el presidente no puede bloquear de su cuenta a las personas que lo critican, lo cuestionan, o no están de acuerdo con sus políticas.
El Comité del PEN arguyó que la Alianza Cívica tiene otra cuenta oficial https://twitter.com/AlianzaCivicaNi, por medio de la cual el Doctor Francisco Larios puede hacer llegar sus demandas, opiniones y objeciones. Todo eso es cierto. La pregunta que surge es cuándo puede un ciudadano que ha asumido funciones políticas o públicas, bloquear a otro ciudadano cuyas opiniones le molestan. Me parece que lo mejor sería usar la cuenta personal solo para temas personales, y usar la cuenta oficial para los comunicados, mensajes y debates públicos.
El PEN Nicaragua ha hecho un gran trabajo defendiendo la libertad de opinión en Nicaragua, apoyando a los periodistas que han sufrido persecución, ataques criminales y penas carcelarias. El propósito de mi artículo es llamar la atención sobre un tema nuevo en nuestro tiempo, cuyas aristas todavía necesitamos limar, y cuyos límites están aún por establecerse.
Mi cuenta en Twitter es @nicasiourbina y como ahí ventilo mis opiniones políticas nunca he bloqueado a nadie aunque sus opiniones y comentarios no me gusten. Mi cuenta en Facebook es https://www.facebook.com/nicasio.urbina y la uso para dar mis opiniones políticas, y las hago públicas, no entre amigos, ya que la razón por las que las publico es para que las lean el mayor número de personas posible, y aunque sus reacciones no me gusten, las tengo que aguantar. Como dice un adagio muy popular en inglés: Si el calor es demasiado, salite de la cocina.